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Miles de pymes estarán obligadas a tener un buzón de denuncias: La CNMC explica las claves de la nueva ley 

Ante el interés suscitado entre las pymes por la disposición que obligará a disponer de un buzón de denuncias, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) explica cuáles son las claves de la nueva ley.

El pasado 13 de marzo entró en vigor la Ley de protección de los informantes, que ampara a aquellas personas que informen sobre una infracción penal o administrativa en un negocio. A poco menos de medio año para que todas las sociedades y autónomos con más de 50 empleados tengan que disponer de un buzón de denuncias, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha lanzado una guía en la que explica cuáles son las claves sobre la nueva ley.

Según explicó el abogado laboralista de AGM Abogados, Luis San José, el nuevo buzón servirá para recibir y gestionar las denuncias “sobre cualquier materia que afecte al ámbito laboral” por parte de empleados, becarios o incluso autónomos que hayan trabajado con el negocio. En definitiva, este sistema de denuncias ha sido creado “para proteger al denunciante y que no existan represalias”.

Así queda recogido en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. Esta normativa, que entró en vigor el 13 de marzo, dio un periodo transitorio a los negocios para implantar el canal y habilitar los mecanismos para que funcione como exige la ley. Aunque la norma está en un principio pensada para grandes empresas, también afectará a las medianas actividades, es decir, a todos aquellos negocios que tengan más de 50 empleados.

Desde distintas organizaciones recordaron que esta obligación afectará a miles de negocios que van a tener que asumir un nuevo sobrecoste y responsabilidad, no sólo por lo que inviertan en implantar el propio sistema de información, sino también por la necesidad de pagar a una tercera persona para que lo gestione y vigile las denuncias.

Habrá tanto canales internos como un canal externo controlado

Un punto clave que aclara la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) es el cómo deberán las empresas implementar correctamente lo dispuesto en la ley de protección de los informantes. Según la CNMC, la normativa obliga a las empresas con más de 50 trabajadores a contar con un canal interno de denuncias, “que permita que trabajadores, proveedores y clientes informen de prácticas ilícitas sin miedo a represalias”.

En palabras de la CNMC, se entiende por represalias, por ejemplo, “el despedir o no renovar al informante, imponerle una medida disciplinaria, modificar sus condiciones de trabajo, etcétera”.

Además de las empresas de más de 50 empleados, también están obligados a disponer de un canal interno de denuncias los partidos políticos, los sindicatos, las organizaciones empresariales, fundaciones, y administraciones públicas como la CNMC.

Asimismo, la normativa también trae consigo un canal externo, que estará controlado por la Autoridad Independiente de Protección del Informante. “Cuando se trate de infracciones en materia de competencia, la CNMC va a ser la responsable de gestionar ese canal”, destacó la Comisión.

Habrá que encargar a un empleado o empresa externa la gestión de las denuncias

En palabras del experto laboralista de AGM abogados, Luis San José, uno de los motivos más frecuentes para los que estaría diseñado este buzón de denuncias sería recoger fraudes con Hacienda y Seguridad Social, como, por ejemplo, que no se tenga a un empleado dado de alta en la Seguridad Social o que haga horas extras sin remunerar.

También estaría pensado para casos de denuncias por acoso laboral o sexual en el ámbito del negocio “y hasta por la posible existencia de un falso autónomo».

Para asegurar que este buzón realmente funciona no bastará con crear un correo electrónico o canal de voz, sino que habrá que encargar expresamente a un empleado o empresa externa el control y gestión de las denuncias.

Según explicó el experto laboralista, «la empresa deberá designar a una persona que gestione y estudie de forma independiente estas denuncias. En el caso de las pymes, lo más habitual es que externalicen esta tarea en el despacho de abogados. En nuestro caso, el área penal lleva este tipo de buzones de algunas empresas que son clientes».

La ley protege a cualquier persona que informe sobre una infracción laboral en la empresa

Otro punto clave que aclara en su guía la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) es sobre el quién está amparado por esta nueva normativa. “La ley protege a cualquier persona que quiera informar de una infracción penal o administrativa -grave o muy grave- que ha conocido en un contexto laboral, tanto en el ámbito público como en el privado”, explicó la CNMC. Es decir, que no necesariamente puede ser un trabajador de la empresa que tiene instalado el buzón.

De esta forma, la ley lo que hace es prever medidas de protección para todas aquellas personas que estén o hayan estado implicadas en el ámbito laboral de la empresa en cuestión. “Esto incluye a los funcionarios, los becarios y los abogados que asesoren al informante”, añadió la CNMC.

La idea es que el informante siempre sea anónimo

Según explicó la CNMC, gracias a esta nueva norma, el denunciante “podrá informar de una infracción sin ponerse en riesgo”, ya que, con su aprobación, se ha modificado la Ley de Defensa de la Competencia.

“El objetivo de la reforma es garantizar que el informante de una práctica anticompetitiva pueda ponerse en contacto con nosotros con total protección, y que sea la Dirección de Competencia de la CNMC quien gestione ese canal externo, en lugar de la Autoridad Independiente”, destacó la CNMC en su guía. Todas las comunicaciones, añadió, se guardarán en una base de datos segura, a la que sólo accederá el personal autorizado”.

En este contexto, desde la CNMC recordaron que se toman “muy en serio” la protección de los informantes. Motivo por el cual, en caso de querer informar sobre alguna conducta ilícita, es posible también llamar –incluso desde un número oculto- o escribir a través del Sistema de Informantes de Competencia Anónimos (SICA), una herramienta gratuita estrenada en 2021 que permite a los ciudadanos tener conversaciones de forma anónima con la CNMC.

Las empresas de menos de 249 empleados tienen más margen para implementar el buzón

El pasado 13 de marzo arrancó una cuenta atrás de tres meses para las empresas, administraciones, organismos y demás entidades obligadas a poner en marcha el canal de denuncias interno. No obstante, aclaró la CNMC, las empresas de entre 50 y 249 empleados, así como los municipios de menos de 10.000 habitantes, tendrán hasta el 1 de diciembre de 2023 para hacerlo.

Según la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), existe un sistema de sanciones en caso de incumplimiento. Por ejemplo, explicó, “se castigará con multas de hasta un millón de euros a las empresas que no dispongan de un canal de denuncias interno o que adopten represalias contra los informantes”.

Asimismo, las empresas que castiguen a los denunciantes “tampoco podrán recibir subvenciones u otros beneficios fiscales durante un máximo de cuatro años, ni contratar con el sector público durante un máximo de tres años”, explicó en su guía la CNMC.

FUENTE: AUTÓNOMOS Y EMPRENDEDOR.ES